Abducción parental internacional de niños

Información general

Ecuador y Estados Unidos son signatarios del tratado bajo la Convención de La Haya de 1980 sobre los Aspectos Civiles de la Convención de Abducción Internacional de Niños (Convención de Abducción de La Haya) desde el 1ro. de abril de 1992.  Para información referente a viajes al Ecuador e información sobre la dirección de la Embajada, las condiciones de salud, moneda y regulaciones de entrada, delitos y seguridad, revise la información específica sobre Ecuador.

El Departamento de Estado reporta estadísticas e información de cumplimiento de cada país en el Informe Anual de Abducción Internacional por parte de los Padres (IPCA por sus siglas en inglés).  El informe está ubicado bajo la sección de Datos y Reportes de la página web de travel.state.gov.

Convención de Abducción de La Haya

El Departamento de Estado es la Autoridad Central para la Convención. La Oficina de Asuntos Consulares de la Dirección de Servicios para Ciudadanos en el Extranjero y la Oficina de Asuntos Infantiles, facilitan la presentación de solicitudes bajo la Convención para el regreso de niños localizados en países que son signatarios del tratado, o para acceder a ellos, incluso en Ecuador.  Se exhorta firmemente a los padres que se pongan en contacto con el Departamento de Estado para obtener ayuda antes de iniciar un proceso directamente con la Autoridad Central extranjera.

Información de contacto para los Estados Unidos

United States Department of State
CA/OCS/CI (Office of Children’s Issues)
2201 C. St., NW – SA-17; 9th Floor
Washington, DC 20522-1709

Teléfonos: +1-888-407-4747 (desde los EE.UU. y Canadá) o +1-202-501-4444 (afuera de los Estados Unidos)
Página web: Sección de International Parental Child Abduction en Travel.state.gov

Para la información más actualizada, por favor visite la página web de travel.state.gov: https://travel.state.gov/content/travel/en/contact-us/International-Parental-Child-Abduction.html.

Información de contacto para Ecuador

La Autoridad Central ecuatoriana es la Dirección de Acceso a la Justicia, Protección y Reparación Integral de la Secretaria de Derechos Humanos.

Dirección de Acceso a la Justicia, Protección y Reparación Integral
Secretaria de Derechos Humanos
Av. General Robles E3-33 – entre Ulpiano Páez y 9 de Octubre – 10mo piso
Quito, Pichincha, Ecuador – 170517

Teléfono: +593-2-395-5840
correo electrónico para consultas: autoridadcentral@derechoshumanos.gob.ec

Para la información más actualizada, por favor visite la página web de HCCH: https://www.hcch.net/es/states/authorities/details3/?aid=85.

 

Para iniciar un caso bajo la Convención de La Haya para el regreso o para tener acceso a un niño abducido en Ecuador, el progenitor solicitante debe presentar una solicitud a ECA, ya sea directamente o a través de USCA.  USCA está disponible para contestar preguntar sobre el proceso de solicitud, para enviar la solicitud completa a ECA y luego para monitorear el progreso a través de los administradores extranjeros y los procesos legales.

No hay una tarifa para presentar una solicitud a las autoridades centrales de Estados Unidos o Ecuador. Las costas legales, de ser necesarias, son responsabilidad de la persona que contrata un abogado. Los costos adicionales pueden incluir boletos aéreos para presentaciones ante la corte o para el regreso del niño, si así se ordena.

Un progenitor o guardián legal puede presentar una solicitud bajo la Convención de La Haya para el regreso de un niño secuestrado o retenido ilegalmente en Ecuador, a los Estados Unidos. El Departamento de Estado puede ayudar a que los padres que viven en Estados Unidos decidan si la Convención es una solución civil disponible y puede proporcionarles información sobre el proceso para presentar una solicitud.

Visitas y acceso

Una persona puede presentar una solicitud bajo la Convención para tener acceso a un niño que vive en Ecuador. El criterio para aceptar una solicitud varía de país en país. El Departamento de Estado de Estados Unidos puede ayudar a que los progenitores que viven en Estados Unidos comprendan los criterios específicos en el caso del Ecuador y les puede proporcionar información sobre el proceso para presentar la solicitud.

Las medidas para recuperar un niño por la fuerza pueden resultar ilegales. Los intentos de volver a secuestrar a un niño pueden:

  • Poner en peligro al niño y a otras personas;
  • Perjudicar cualquier esfuerzo judicial futuro que quiera realizar; y
  • Resultar en arresto o prisión.

No se requiere contratar un abogado privado para presentar una petición bajo la Convención de Abducción de la Haya en las cortes del Ecuador. ECA actuará a nombre del progenitor solicitante cuando este no tenga un abogado privado. Desde enero del 2012, por un acuerdo con ECA, la Oficina de Denfensores Públicos del Ecuador asumió el papel de representante legal.     

Lista de abogados en Quito y Guayaquil

Mediación

La Autoridad Central ecuatoriana fomenta firmemente la mediación en casos de abducción e intentará iniciar una mediación en todos los casos bajo la Convención de Abducción de La Haya.